“El debido proceso ―garantía de audiencia y derecho de defensa― es el conjunto de principios procesales que regulan la acción de los distintos sujetos del proceso penal que, buscan, con la participación de un tercero, la solución de una controversia”. (1)
“Es el derecho a la justicia mediante un procedimiento que no se agota en el cumplimiento formal de los trámites previstos en las leyes adjetivas, sino que se extiende a la necesidad de obtener una rápida y eficaz decisión judicial que ponga fin a los conflictos y situaciones de incertidumbre, evitando dentro de los límites de lo razonable y conforme a las circunstancias de cada caso una dispendiosa y eventualmente inútil actividad jurisdiccional”(2)
(1) Hidalgo Murillo, José Daniel, Debido proceso penal en el sistema acusatorio, México, Flores editor y distribuidor, 2011, p. 89.
(2) Edda Ciancia, Olga, “El debido proceso” en Zorzoli, Óscar A. y Alvarado Velloso, Adolfo (coords.), El debido proceso, Buenos Aires, Ediar, 2006, p. 140.