“…procede contra actos en el juicio cuya ejecución sea de imposible reparación[…] en contra de actos dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, después de concluido el juicio, siempre que no se dicten en ejecución de sentencia[…] contra actos dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo en ejecución de sentencia, sólo contra la última resolución dictada en el procedimiento respectivo, con la posibilidad de reclamar en la misma demanda las demás violaciones cometidas durante ese procedimiento, que hubieren dejado sin defensa al quejoso y, tratándose de remates, contra la resolución definitiva en que se aprueben o desaprueben…”(1) excepcionalmente contra actos dictados en el procedimiento relativo, cuando afecten de manera directa derechos sustantivos del promovente.(2)
(1) Contradicción de tesis 74/2002-PS. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito y el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 21 de mayo de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ministro José de Jesús Gudiño Pelayo. Ponente: Ministro Humberto Román Palacios. Derivado de este asunto véase Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XVII, junio de 2003, p. 11, tesis 1ª./J.29/2003; IUS: 184221.
(2) Contradicción de tesis 215/2009. Entre las sustentadas por la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 4 de mayo de 2010. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ministro Sergio A. Valls Hernández. Ponente: Ministra Olga Sánchez Cordero de García Villegas. Derivado de este asunto véase Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, t. XXXIII, enero de 2011, p. 6, tesis P./J. 108/2010; IUS: 163152.
Véase: Título Segundo, De los Procedimientos de Amparo, Capítulo I, El Amparo Indirecto, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación: 19 de enero de 2018.