“…toda manifestación del consentimiento de un Estado respecto de cualquier situación de hecho o de derecho y que pueda originar efectos jurídicos obligatorios para el estado autor de la manifestación, independientemente de la conducta de otros sujetos de Derecho internacional.”
López Zamarripa, Norka, Nuevo derecho internacional público, México, Porrúa, 2008, p. 195.