“…se refiere a los trabajadores y a los empresarios o patronos colectivamente, o sea, como grupos sociales, en sus similitudes y discrepancias; y en las relaciones plurales instauradas entre un conjunto de trabajadores o un sindicato y un patrono o una asociación patronal.”
Guerrero Figueroa, Guillermo, Derecho Colectivo del Trabajo, 8a. ed., Colombia, Leyer, 2002, p. 19.