Los fideicomisos públicos [...] son aquellos que el gobierno federal o alguna de las demás entidades paraestatales constituyen, con el propósito de auxiliar al Ejecutivo Federal en las atribuciones del Estado para impulsar las áreas prioritarias del desarrollo, que cuenten con una estructura orgánica análoga a las otras entidades y que tengan comités técnicos.
Artículo 47, Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación: 11 de enero de 2021.