{"tema_id":"10182","string":"Derecho a la seguridad jur\u00eddica","created":"2021-03-29 18:18:27","code":null,"notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"\u201c\u2026no debe entenderse en el sentido de que la ley ha de se\u00f1alar de manera especial y precisa un procedimiento para regular cada una de las relaciones que se entablen entre las autoridades y los particulares, sino que debe contener los elementos m\u00ednimos para hacer valer el derecho del gobernado y para que, sobre este aspecto, la autoridad no incurra en arbitrariedades, lo que f\u00e1cilmente explica que existen tr\u00e1mites o relaciones que por su simplicidad, sencillez o irrelevancia, no requieren de que la ley pormenorice un procedimiento detallado para ejercitar el derecho correlativo\u2026\u201dAmparo en revisi\u00f3n 164\/2004. Inmobiliaria TMM, S.A. de C.V. y otras. 18 de febrero de 2005. Cinco votos. Ponente: Ministra Margarita Beatriz Luna Ramos. Derivado de este asunto v\u00e9ase Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n y su Gaceta, Novena \u00c9poca, t. XXIV, octubre de 2006, p. 351, Jurisprudencia 2a.\/J. 144\/2006; IUS: 174094."},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Expedientes"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"9360"}]}