{"tema_id":"1152","string":"Amparo indirecto","created":"2021-03-29 18:12:42","code":null,"notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"\u201c\u2026procede contra actos en el juicio cuya ejecuci\u00f3n sea de imposible reparaci\u00f3n[\u2026] en contra de actos dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo, despu\u00e9s de concluido el juicio, siempre que no se dicten en ejecuci\u00f3n de sentencia[\u2026] contra actos dictados por tribunales judiciales, administrativos o del trabajo en ejecuci\u00f3n de sentencia, s\u00f3lo contra la \u00faltima resoluci\u00f3n dictada en el procedimiento respectivo, con la posibilidad de reclamar en la misma demanda las dem\u00e1s violaciones cometidas durante ese procedimiento, que hubieren dejado sin defensa al quejoso y, trat\u00e1ndose de remates, contra la resoluci\u00f3n definitiva en que se aprueben o desaprueben\u2026\u201d(1) excepcionalmente contra actos dictados en el procedimiento relativo, cuando afecten de manera directa derechos sustantivos del promovente.(2)(1) Contradicci\u00f3n de tesis 74\/2002-PS. Entre las sustentadas por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito y el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito. 21 de mayo de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Ministro Jos\u00e9 de Jes\u00fas Gudi\u00f1o Pelayo. Ponente: Ministro Humberto Rom\u00e1n Palacios. Derivado de este asunto v\u00e9ase Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n y su Gaceta, Novena \u00c9poca, t. XVII, junio de 2003, p. 11, tesis 1\u00aa.\/J.29\/2003; IUS: 184221.(2) Contradicci\u00f3n de tesis 215\/2009. Entre las sustentadas por la Primera y Segunda Salas de la Suprema Corte de Justicia de la Naci\u00f3n. 4 de mayo de 2010. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ministro Sergio A. Valls Hern\u00e1ndez. Ponente: Ministra Olga S\u00e1nchez Cordero de Garc\u00eda Villegas. Derivado de este asunto v\u00e9ase Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n y su Gaceta, Novena \u00c9poca, t. XXXIII, enero de 2011, p. 6, tesis P.\/J. 108\/2010; IUS: 163152.V\u00e9ase: T\u00edtulo Segundo, De los Procedimientos de Amparo, Cap\u00edtulo I, El Amparo Indirecto, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Art\u00edculos 103 y 107 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, \u00faltima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n: 19 de enero de 2018."},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Expedientes"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"13827"}]}