{"tema_id":"1936","string":"Territorio nacional","created":"2021-03-29 18:12:47","code":null,"notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"\u201cArt. 42.- El territorio nacional comprende: I.- El de las partes integrantes de la Federaci\u00f3n; II.- El de las islas, incluyendo los arrecifes y cayos en los mares adyacentes; III.- El de las islas de Guadalupe y las de Revillagigedo situadas en el Oc\u00e9ano Pac\u00edfico; IV.- La plataforma continental y los z\u00f3calos submarinos de las islas, cayos y arrecifes; V.- Las aguas de los mares territoriales en la extensi\u00f3n y t\u00e9rminos que fija el Derecho Internacional y las mar\u00edtimas interiores; VI.- El espacio situado sobre el territorio nacional, con la extensi\u00f3n y modalidades que establezca el propio Derecho Internacional.\u201d (1)\u201c\u2026el territorio, como elemento del Estado (condici\u00f3n de su existencia seg\u00fan Burdeau) es el espacio terrestre, a\u00e9reo y mar\u00edtimo sobre el que se ejerce el imperium o poder p\u00fablico estatal al trav\u00e9s de las funciones legislativas, administrativas o ejecutiva y judicial o jurisdiccional, o sea, la demarcaci\u00f3n geogr\u00e1fica dentro de las que \u00e9stas se desempe\u00f1an.\u201d (2)(1) Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, art\u00edculo 42.(2) Burgoa Orihuela, Ignacio, Derecho Constitucional mexicano, 19a. ed., M\u00e9xico, Porr\u00faa, 2007, p. 163."},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Legislaci\u00f3n"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"11168"}]}