{"tema_id":"3064","string":"Derechos de las v\u00edctimas u ofendidos","created":"2021-03-29 18:13:52","code":null,"notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"\u201cLas v\u00edctimas de violaciones a los derechos humanos o sus familiares, tienen derecho a la reparaci\u00f3n adecuada del da\u00f1o sufrido, la cual debe concretarse a trav\u00e9s de medidas individuales tendientes a restituir, indemnizar y rehabilitar a la v\u00edctima, as\u00ed como de medidas de satisfacci\u00f3n de alcance general y garant\u00edas de no repetici\u00f3n, mediante los procedimientos previstos legalmente para esos efectos, lo cual no es una concesi\u00f3n graciosa, sino el cumplimiento de una obligaci\u00f3n jur\u00eddica\u2026\u201dDictamen que valora la investigaci\u00f3n realizada por la comisi\u00f3n designada en el expediente 3\/2006, integrado con motivo de la solicitud formulada para investigar violaciones graves de garant\u00edas individuales. 12 de febrero de 2009. Once votos. Ponente: Ministro Jos\u00e9 de Jes\u00fas Gudi\u00f1o Pelayo. Derivado de este asunto v\u00e9ase Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n y su Gaceta, Novena \u00c9poca, t. XXXIII, enero de 2011, p. 28, tesis P. LXVII\/2010; IUS: 163164."},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Expedientes"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"12870"}]}