{"tema_id":"463","string":"Efectos generales","created":"2021-03-29 18:12:37","code":null,"modified":"2022-07-11 20:58:09","notes":[{"@type":"Nota de alcance","@lang":"es","@value":"En Controversias constitucionales, la sentencia tendr\u00e1 efectos generales cuando se declare la invalidez de disposiciones de car\u00e1cter general de las entidades federativas, de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de M\u00e9xico impugnadas por la Federaci\u00f3n; de los Municipios o de las demarcaciones territoriales de la Ciudad de M\u00e9xico impugnadas por las entidades federativas, y en los supuestos se\u00f1alados en los incisos c) h), k) y l) del art\u00edculo 105, fracci\u00f3n I, de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, \u00faltima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n: 28 de mayo de 2021."},{"@type":"Fuente","@lang":"es","@value":"Art\u00edculo 105, fracci\u00f3n I, antepen\u00faltimo p\u00e1rrafo, Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de los Estados Unidos Mexicanos, \u00faltima reforma publicada en el Diario Oficial de la Federaci\u00f3n: 28 de mayo de 2021.\n\nTesis [J]: P.\/J. 71\/2000, Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n y su Gaceta, Novena \u00c9poca, tomo XII, agosto de 2000, p. 965. Reg. digital: 191381. \"CONTROVERSIAS CONSTITUCIONALES Y ACCIONES DE INCONSTITUCIONALIDAD. DIFERENCIAS ENTRE AMBOS MEDIOS DE CONTROL CONSTITUCIONAL.\""},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Legislaci\u00f3n\n\nPrecedentes"},{"@type":"\u00c1rea de dominio de conocimiento","@lang":"es","@value":"Centro de Documentaci\u00f3n y An\u00e1lisis, Archivos y Compilaci\u00f3n de Leyes"}]}