{"tema_id":"7174","string":"Poder constituido","created":"2021-03-29 18:16:05","code":null,"notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"\u201cLa noci\u00f3n de \u201cpoderes constituidos\u201d surge en oposici\u00f3n a la de poder constituyente, lo cual presupone la supremac\u00eda de la Constituci\u00f3n [\u2026] los poderes constituidos son aquellos \u00f3rganos fundamentales del Estado establecidos por esta \u00faltima, la cual determina tambi\u00e9n sus respectivas competencias y limitaciones. En este sentido, los \u00f3rganos constituidos derivan del \u00f3rgano constituyente y, mientras la funci\u00f3n esencial de \u00e9ste no es gobernar sino crear la Constituci\u00f3n del Estado, corresponde a los \u00f3rganos constituidos gobernar en los t\u00e9rminos y l\u00edmites previstos por la Constituci\u00f3n.\u201dOrozco Henr\u00edquez, J. Jes\u00fas, \u201cPoderes constituidos\u201d, en Carbonell, Miguel (coord.), Diccionario de Derecho Constitucional, 3a. ed., M\u00e9xico, Porr\u00faa-UNAM, 2009, t. II, p. 1120."},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Bibliohemerograf\u00eda"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"10334"}]}