{"tema_id":"7504","string":"Constituci\u00f3n yucateca de 1841","created":"2021-03-29 18:16:12","code":null,"notes":[{"@type":"Nota hist\u00f3rica","@lang":"es","@value":"Este ordenamiento fue el primero en prever el Juicio de amparo en su art\u00edculo 62, numeral 1, al expresar que le correspond\u00eda a la Corte Suprema de Justicia \"Amparar en el goce de sus derechos a los que le pidan su protecci\u00f3n contra las leyes y decretos de la legislatura que sean contrarias al texto literal de la constituci\u00f3n, o contra las providencias del gobernador, cuando en ellas se hubiese infringido el c\u00f3digo fundamental en los t\u00e9rminos expresados,  limit\u00e1ndose en ambos casos a reparar el agravio en la parte en que la constituci\u00f3n hubiese sido violada.\""},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"10126"}]}