{"tema_id":"8546","string":"Excepci\u00f3n de inconstitucionalidad (Colombia)","created":"2021-03-29 18:16:49","code":null,"modified":"2021-05-28 17:11:19","notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"La jurisprudencia constitucional ha definido que \u201cla excepci\u00f3n de inconstitucionalidad es una facultad o posibilidad (o si se quiere, una herramienta) de los operadores jur\u00eddicos, en tanto no tiene que ser alegada o interpuesta como una acci\u00f3n; pero se configura igualmente como un deber en tanto las autoridades no pueden dejar de hacer uso de ella en los eventos en que detecten una clara contradicci\u00f3n entre la disposici\u00f3n aplicable a una caso concreto y las normas constitucionales\u201d. En consecuencia, esta herramienta se usa con el fin de proteger, en un caso concreto y con efecto inter partes, los derechos fundamentales que se vean en riesgo por la aplicaci\u00f3n de una norma de inferior jerarqu\u00eda y que, de forma clara y evidente, contrar\u00eda las normas contenidas dentro de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica.\n\nCorte Constitucional (Colombia), Sentencia SU132\/13 disponible en: https:\/\/www.corteconstitucional.gov.co\/relatoria\/2013\/SU132-13.htm"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"10091"}]}