{"tema_id":"975","string":"Expropiaci\u00f3n","created":"2021-03-29 18:12:41","code":null,"notes":[{"@type":"Definici\u00f3n","@lang":"es","@value":"\u201c\u2026es el acto por el cual el Estado, en beneficio de la colectividad, priva al particular de alg\u00fan bien que le pertenece en propiedad, pag\u00e1ndole el precio correspondiente. Frente a este derecho del poder p\u00fablico, ninguno se reconoce a los particulares, ya no s\u00f3lo como propietarios, sino con mayor raz\u00f3n como acreedores que hacen derivar el suyo, de los que corresponden al due\u00f1o. Por la naturaleza del acto expropiatorio, el poder p\u00fablico no tiene que entenderse m\u00e1s que con el propietario del bien afectado, de tal manera que solamente en el caso en que la propiedad se encontrase desmembrada, tendr\u00eda que darse la intervenci\u00f3n en el procedimiento, a aqu\u00e9llos que se encontraren disfrutando de los diversos atributos que el derecho de propiedad confiere,...\u201dAmparo administrativo en revisi\u00f3n 1554\/33. Aguilar Joaqu\u00edn Jr. 26 de agosto de 1933. Mayor\u00eda de tres votos. Disidentes: Jes\u00fas Guzm\u00e1n Vaca y Luis M. Calder\u00f3n. Relator: Jos\u00e9 L\u00f3pez Lira. Derivado de este asunto v\u00e9ase, Semanario Judicial de la Federaci\u00f3n, Quinta \u00c9poca, t. XXXVIII, P\u00e1gina 2918, IUS: 336758."},{"@type":"Nota de acervo","@lang":"es","@value":"Expedientes"},{"@type":"Registro Aleph","@lang":"es","@value":"19673"}]}