“Comprende el derecho a acceder y utilizar de manera suficiente y con condiciones sanitarias adecuadas la cantidad de agua que necesitamos para llevar una vida digna.”
Voto minoritario de los Ministros Olga Sánchez Cordero de García Villegas y Genaro David Góngora Pimentel en la Controversia Constitucional 57/2004. 22 de noviembre de 2005. Nueve votos.