“…aquella facultad que tienen los entes de derecho internacional para enviar y recibir enviados oficiales residentes o ad hoc (llámense agentes diplomáticos, agentes especiales, etc.), que lleven la representación de su gobierno.”
Labariega Villanueva, Pedro G., Derecho diplomático, 4a. ed., México, Editorial Trillas, 2007, p. 16