De conformidad con el artículo 94, párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, “La administración, vigilancia y disciplina del Poder Judicial de la Federación, con excepción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, estarán a cargo del Consejo de la Judicatura Federal…”
Artículo 94, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, última reforma publicada en el
Diario Oficial de la Federación: 28 de mayo de 2021.