Son los criterios que interpretan normas legales existentes antes de la entrada en vigor de la Constitución Política de 1917 y, por ello, constituyen un acervo histórico carente de aplicabilidad. Conforman el periodo de la "Jurisprudencia Histórica" las sentencias y los criterios pronunciados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y difundidos en el Semanario Judicial de la Federación de enero de 1871 a agosto de 1914, año en que, como consecuencia del triunfo del Plan de Guadalupe, Venustiano Carranza desconoció a los tres Poderes de la Unión, y la Suprema Corte fue disuelta.