El principio de doble incriminación se puede referir tanto a la prohibición de ser juzgado más de una vez por el mismo hecho, como al requisito de extradición que sostiene que el delito tiene que estar previsto tanto en la legislación del Estado requirente como en la del Estado requerido.
Sentencia recaída al Amparo en Revisión 117/2009, Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Ponente: Genaro D. Góngora Pimentel, 01 de abril de 2009.