“… es la “venta” de la función pública por parte del servidor público. Podría decirse que se trata de un tipo bilateral, comoquiera que comete el hecho tanto el servidor público que ofrece como el particular que recibe el dinero o la dádiva…”
Gómez Méndez, Alfonso, Delitos contra la Administración Pública, Colombia, Universidad Externado de Colombia, 2000, p. 153.