“…es el acto por el cual la Administración comete a una persona la construcción de una obra pública y la faculta temporalmente para cobrar determinadas sumas a quienes la utilicen, como un medio para financiar el costo de aquélla.”
Flores Dapkevicius, Rubén, Manual de Derecho Público. Derecho Administrativo, Argentina, Euros Editores, 2007, p. 315.