“Se suele denominar “acoso sexual” a aquellas formas de presión sexual que se dan en determinados ámbitos, en los que se desarrollan relaciones de preeminencia implícitas (trabajo, colegio, universidad, etc.), y que genera, como consecuencia, que el sujeto pasivo se vea compelido a tolerar las presiones, para permanecer o progresar en dichos ámbitos. El sujeto activo coacciona a la víctima a que se someta sexualmente, abusando de la autoridad que le confiere su función.”
Donna, Edgardo Alberto, Delitos contra la integridad sexual, 2a. ed., Argentina, Rubinzal-Culzoni Editores, 2001, p. 32.