“… contrabando es la acción u omisión en la entrada o salida de bienes, que eludiendo la intervención de los servidores públicos fiscales o induciéndolos a error violen las normas jurídicas establecidas por razones de orden público y conduzcan a omitir total o parcialmente los tributos generados en función de tales operaciones, sin que exista necesariamente perjuicio fiscal.”
Osorio y Nieto, César Augusto, Delitos Federales, México, Porrúa, 2008, pp. 231-232.